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Condiciones de uso de Oustau Calendal

INSTALACIONES PARA SEMINARIOS Y CONFERENCIAS – OUSTAU CALENDAL
NORMAS DE USO – CONDICIONES GENERALES DE USO

Preámbulo:
El material denominado en lo sucesivo «Oustau Calendal» es un bien público del Ayuntamiento de Cassis y está gestionado comercialmente por la Oficina de Turismo de Cassis, denominada en lo sucesivo «Office de Tourisme de Cassis»:

OFICINA DE TURISMO DE CASSIS
Estatuto jurídico: Establecimiento Público Industrial y Comercial (EPIC)
NÚMERO SIRET: 431 967 25 60 00 22
Código APE: 7990Z
IVA intracomunitario: FR 16 431 967 256
Registro ATOUT Francia n°IM01312017
Garantías financieras: APST
Seguro profesional: GENERALI (Siffrein-Blanc Assurances)

OUSTAU CALENDAL
Estatuto jurídico: SPIC – SIRET n°: 21130022300099 Código APE 8411Z
Número de IVA intracomunitario: FR 552 11300223000 16

El presente documento establece las condiciones generales de alquiler del Oustau Calendal por la Oficina de Turismo de Cassis. Las condiciones de esta disposición se aplican a los locales, equipos, materiales y servicios puestos a disposición en el edificio para todo tipo de manifestaciones y, en particular, en el ámbito del turismo de negocios y de eventos. La Oficina de Turismo se reserva el derecho de evaluar la naturaleza del acontecimiento previsto y de rechazar la solicitud de puesta a disposición del Oustau si existe un riesgo grave de perturbación del orden público que no pueda evitarse mediante el ejercicio de los poderes de policía del Alcalde, o si el objeto, la forma o las modalidades de realización contravienen los principios fundamentales reconocidos por las leyes de la República. Los términos «la Oficina de Turismo» y «el Arrendatario», utilizados en lo sucesivo en el presente reglamento, se refieren respectivamente a la Oficina de Turismo y a la persona física o jurídica con la que trata. La instalación «Oustau Calendal» se denomina en lo sucesivo «Oustau». Las disposiciones del presente reglamento tienen carácter contractual: se adjuntan a cualquier acuerdo de puesta a disposición de las instalaciones, precisándose que la aceptación del acuerdo de puesta a disposición de las instalaciones implica la plena aceptación de las presentes condiciones.

1. – OPCIÓN DE RESERVA

Una opción de reserva puede preceder a cualquier acuerdo de puesta a disposición de las instalaciones. Previa simple solicitud por escrito, la Oficina de Turismo podrá comprometerse unilateralmente, durante un periodo determinado, a no comprometerse a poner a disposición el Oustau para la organización de cualquier evento para una fecha y un periodo determinados.
La opción de reserva indica la duración de su validez y precisa, teniendo en cuenta la fecha prevista para el evento, la fecha final aceptable para la firma del contrato de venta. Transcurrido este periodo de validez, la opción de reserva ya no confiere a su titular ningún derecho al uso del Oustau para las fechas acordadas.
La opción de reserva incluye la siguiente información

2 – EL CONTRATO

El contrato celebrado con el arrendatario constituye un acuerdo de puesta a disposición de una instalación de dominio público perteneciente al Ayuntamiento. Este contrato incluye y precisa los elementos enunciados en el artículo 1.
También especifica los siguientes puntos:
– Establece un precio basado principalmente en la duración del evento y en las prestaciones accesorias solicitadas. Si la Oustau se pone a disposición gratuitamente, este precio incluye el coste de la seguridad proporcionada por un guardia de seguridad SSIAP1 que debe estar presente durante todo el evento. (incluida la llegada y salida de los prestatarios de servicios), así como los costes de cualquier prestatario de servicios externo al Palacio de Congresos.
– Define el uso que el Tomador se propone hacer de los locales y equipos puestos a su disposición o alquilados, y que se compromete a no modificar sin el acuerdo de la Oficina de Turismo.

3 – CONDICIONES DE PAGO

El pago del precio se efectúa a la orden del Tesoro Público del siguiente modo:

– A la firma del contrato, un anticipo del 30% del importe total del presupuesto aceptado a la firma del contrato.
– El saldo se abonará como máximo 30 días antes de la fecha de puesta a disposición del Oustau especificada en el contrato.

DEPÓSITO DE GARANTÍA
Se podrá exigir una fianza igual al importe del alquiler.
Esta garantía expirará cuando se desalojen los locales, suponiendo que no se haya constatado ningún daño.
En caso de constatarse daños imputables al arrendatario, la Oficina de Turismo podrá retener o exigir la retención de la totalidad o parte de la garantía, en función de los costes previsibles de restauración de los locales. Cualquier deterioro importante constatado a posteriori que afecte a la estructura, el equipamiento o la decoración de l’Oustau Calendal y que no esté cubierto por la fianza, también correrá a cargo del cliente.

CLÁUSULA PENAL
Una vez celebrado el contrato de conformidad con el artículo 2 anterior, cualquier anulación por parte del Tomador dará lugar automáticamente al pago de una indemnización:

Retraso constatado antes del inicio del evento :
1. Más de 30 días: se retendrá el 10% del importe total.
2. Entre 30 y 22 días: se retendrá el 25% del importe total.
3. Entre 21 y 8 días: se retendrá el 50% del importe total.
4. De 7 a 2 días: se retendrá el 90% del importe total.
5. Menos de 2 días / No presentación: se retendrá el 100% del importe total.

No se efectuará ningún reembolso por salida anticipada o llegada tardía.
Queda entendido que las penalizaciones así deducidas se reembolsarán a los respectivos proveedores de servicios. En todos los casos, la Oficina de Turismo de Cassis conservará su remuneración.

La Oficina de Turismo podrá anular total o parcialmente, durante uno o varios días, o incluso algunas horas, la prestación de servicios en caso de indisponibilidad total o parcial de los locales debido a caso fortuito o fuerza mayor, tal y como estas nociones son entendidas por la jurisprudencia pertinente, en particular debido a inclemencias meteorológicas que hagan peligrosa la utilización de los locales o la frecuentación de sus alrededores para la seguridad de las personas o de los bienes. En tales casos, la Oficina de Turismo no podrá ser considerada responsable y no podrá ser objeto de indemnización o compensación alguna.

4 – PROHIBICIÓN DE CESIÓN, CARÁCTER PERSONAL DEL CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIÓN

El contrato de puesta a disposición es exclusivamente personal del arrendatario. Por consiguiente, se prohíbe al arrendatario ceder a un tercero, directa o indirectamente y bajo cualquier forma, los derechos que le corresponden en virtud del contrato de puesta a disposición, sin el acuerdo expreso y previo de la Oficina de Turismo. En sus relaciones con la Oficina de Turismo, las empresas colaboradoras están obligadas a especificar la identidad de las personas físicas o jurídicas en cuyo nombre y por cuya cuenta actúan.

5 – PREPARACIÓN DEL EVENTO / COLABORACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA CIUDAD

El Organizador, o su representante, se pondrá en contacto con la Oficina de Turismo para ultimar el evento, los programas y horarios definitivos, así como los detalles de los equipos, materiales y servicios que se prestarán.
De conformidad con las disposiciones legislativas y reglamentarias aplicables a los establecimientos abiertos al público (ERP), sólo el vigilante de seguridad asignado a la vigilancia y seguridad de L’Oustau podrá disponer de las llaves de los equipamientos durante las horas de apertura del evento. Los equipos técnicos de L’Oustau (en particular los equipos de sonido e iluminación) no podrán ponerse a disposición del Tomador sin la presencia del director de escena de L’Oustau. La asistencia del director de escena de L’Oustau correrá a cargo del Tomador.
Cualquier prestación no prevista en el contrato, en particular la puesta a disposición por parte de la Oficina de Turismo de medios humanos o materiales adicionales o complementarios, será objeto de una cláusula adicional al contrato inicial. Se precisa que la Oficina de Turismo no está en ningún caso vinculada por las solicitudes correspondientes, que sólo serán aceptadas y realizadas por la Oficina de Turismo en función de la disponibilidad de sus servicios, y según un precio previamente aceptado por el Tomador.

6 – PROVEEDORES

El Tomador es libre de elegir a sus proveedores (a excepción del servicio de restauración, los servicios de seguridad, los servicios de mantenimiento y el responsable técnico), pero éstos deberán ponerse en contacto con la Oficina de Turismo antes de realizar cualquier trabajo en el edificio.
El Organizador deberá elegir su servicio de restauración entre una lista de servicios de restauración referenciados en el Centro de Convenciones. Si el Organizador desea trabajar con un proveedor no referenciado, deberá obtener previamente la autorización expresa de la Oficina de Turismo, indicar el motivo de su elección y el proveedor deberá ponerse en contacto con la Oficina de Turismo para el pago de una comisión relativa a la ocupación del lugar.

El Tomador afirma que todo proveedor de servicios utilizado para la organización del evento :
– está al corriente de sus obligaciones sociales y fiscales
– es titular de una póliza de seguro suscrita con una empresa de reconocida solvencia, que cubre todos los riesgos que puedan afectar al Oustau durante la preparación y la ejecución del contrato.

7 – CATERING

Si la Oficina de Turismo se encarga de la prestación del servicio de catering a través de un proveedor de servicios externo, la confirmación definitiva del número de comidas que se servirán deberá facilitarse a más tardar 15 días hábiles antes de la comida.
En caso de retirada de última hora de todos o algunos de los invitados, se tomará como base para la facturación el número de participantes confirmado de conformidad con el artículo 2. A efectos de catering, se ruega tener en cuenta que no se podrá servir comida caliente directamente in situ.

8 – SEGURO

El Organizador será el único responsable civil y pecuniario de los accidentes personales o materiales, infracciones, daños de cualquier tipo a personas o bienes que se produzcan como consecuencia de la actuación del Organizador o de los participantes en el evento dentro o fuera del pabellón. Se especifica que contratará su propio seguro y el de las personas que presente con una compañía de reconocida solvencia. El Taker se compromete a presentar los certificados correspondientes en el momento de la firma del contrato y al menos quince días antes del inicio del evento. Asimismo, se acuerda que el Tomador será responsable de asegurar el material que pueda introducir en el recinto.
Los equipos o instalaciones especiales que el Tomador introduzca, con el acuerdo de la Oficina de Turismo, deberán estar cubiertos por un seguro que incluya una cláusula de renuncia de recurso contra la Oficina de Turismo, que se presentará en la Oficina de Turismo 15 días antes de su depósito en el recinto. Se recogerán en las condiciones estipuladas en el contrato. En su defecto, la Oficina de Turismo hará efectuar de oficio esta retirada, por cuenta, riesgo y ventura del Arrendatario, sin perjuicio de las indemnizaciones complementarias de ocupación que pudieran reclamarse.
La Oficina de Turismo no podrá ser considerada responsable en caso de robo u otros actos delictivos de los que puedan ser víctimas el Arrendatario o sus visitantes en los locales interiores y exteriores puestos a su disposición.

9 – POLÍTICA GENERAL

Antes de tomar posesión de los locales, el Tomador confirma formalmente que dispone de todas las autorizaciones necesarias para el buen desarrollo del evento. El Tomador se compromete a respetar y hacer respetar las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la decencia pública, la tranquilidad pública y la organización de reuniones. El Organizador se hace responsable de cualquier ruido o molestia que pueda perturbar el buen desarrollo del acto o derivarse de su celebración.
El Tomador se compromete a cesar o hacer cesar todo acto perjudicial para los demás y a expulsar a toda persona cuya actitud o comportamiento sea perjudicial para la Oficina de Turismo.
En caso de incumplimiento por parte del Arrendatario, la Ciudad podrá expulsar o hacer expulsar a cualquier persona cuya actitud o comportamiento se considere incompatible con el carácter del local y que se niegue a respetar las normas del local y el presente reglamento de uso.

10 – SEGURIDAD / CONTROL

El Tomador se compromete a respetar, y a hacer respetar a los participantes en las manifestaciones, las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la seguridad contra incendios en los establecimientos abiertos al público, así como las consignas internas de seguridad. Por razones de seguridad, vigilancia y control, es obligatorio un vigilante de seguridad SSIAP1, que será facturado al Tomador.

De conformidad con la normativa de seguridad contra incendios aplicable a los establecimientos abiertos al público, es obligatoria la instalación de medios humanos de seguridad contra incendios durante toda la ocupación del local.

Estos recursos son definidos por la Ciudad y por la Oficina de Turismo, en función de :

– el número real de visitantes

– la naturaleza del evento

– la configuración de los espacios utilizados

– las eventuales prescripciones de la comisión de seguridad

El sistema de seguridad contra incendios debe incluir al menos 1 agente de seguridad contra incendios cualificado SSIAP 1, presente en todo momento durante los eventos que tengan lugar en el edificio. Este dispositivo podrá ser reforzado, en caso necesario, por uno o varios agentes SSIAP 1 y/o por la designación de un jefe de equipo SSIAP 2, sin que el Arrendatario pueda oponerse.

Los vigilantes de seguridad son responsables de

– la vigilancia general de los locales

– controlar los espacios libres y las salidas de emergencia

– prevenir los riesgos de incendio,

– aplicar las consignas de seguridad

– ayudar a la evacuación del público en caso necesario.

Por razones de seguridad, vigilancia y control, la presencia de agentes de seguridad contra incendios es obligatoria y se facturará al Tomador.

Salvo acuerdo específico, la elección de la empresa de seguridad corresponderá exclusivamente al Ayuntamiento o a la Oficina de Turismo. El Arrendatario será el único responsable de controlar la entrada a los locales a sus expensas. Se compromete, para tener en cuenta las exigencias de seguridad, a no admitir más personas que las plazas disponibles o a limitar el número de ocupantes de las salas al número máximo indicado por la Oficina de Turismo. En caso de que se supere este número, la Ciudad evacuará los locales por los medios necesarios.
Con el fin de facilitar la preparación y el desarrollo del evento, se recomienda al Tomador que invite a su personal y a los miembros de su grupo a llevar una identificación de tipo tarjeta de identificación o a concertar un control con el agente de seguridad.

11 – OCUPACIÓN DE LOS LOCALES

CAPACIDAD
L’Oustau es un edificio clasificado como establecimiento de recepción de público (E.R.P.) de 2ª categoría tipo L, N, T. De acuerdo con las normas de seguridad, la capacidad de recepción es la siguiente:

-Salón de plenos «CALENDARIO»: 500 personas de pie / 238 personas sentadas
-Sala modular de subcomisiones: 90 personas de pie / 70 personas sentadas (si no está compartimentada)
– Rotonda (zona de recepción): 200 personas de pie / 120 personas sentadas
– Zona de bar: 100 personas de pie
– Terraza: 300 personas

Se prohíbe el uso de amplificadores de sonido en la terraza.

APARCAMIENTO ALREDEDOR DE L’OUSTAU
A petición del Tomador, la Oficina de Turismo podrá autorizar el estacionamiento en la explanada exterior o en las inmediaciones.

HORARIO
Las habitaciones, las instalaciones y el equipamiento se ponen a disposición del Tomador según los periodos de alquiler definidos en el contrato.
La ocupación de los locales deberá cesar en las fechas y horas estipuladas, si bien el Tomador podrá obtener una prórroga siempre que no interfiera en la celebración de actos posteriores. En este caso, el Tomador deberá abonar los gastos adicionales de sala y personal de acuerdo con las tarifas.
El Tomador sólo podrá utilizar las salas y accesos que le hayan sido asignados. El uso irregular de otras salas y anexos se facturará como alquiler adicional.
El organizador se compromete a respetar la normativa vigente en materia de ruidos. En ningún caso el nivel de ruido de las actividades podrá molestar al vecindario. En aplicación de la ley de 31 de diciembre de 1992 relativa a la contaminación acústica, el organizador pondrá el asunto en manos de los agentes autorizados, que podrán interrumpir inmediatamente la actividad y desalojar los locales, sin que el organizador pueda reclamar indemnización alguna. El organizador podrá ser objeto de acciones judiciales.

12 – ACTIVIDADES PROHIBIDAS

Nadie podrá ejercer ninguna actividad comercial en las salas, en particular ventas, alquileres u otros servicios por cuenta del Tomador, sin la autorización previa y expresa de la Oficina de Turismo. Dicha autorización implica el cumplimiento del presente reglamento.
Cualquier filmación, grabación sonora, fotografía o reproducción, total o parcial, que no sea para uso estrictamente privado de la persona que realiza la copia, deberá ser autorizada por escrito por la Oficina de Turismo, que se reserva el derecho de hacerlo.
Está prohibido introducir animales en los locales alquilados, salvo en el único caso de que formen parte del evento y hayan sido expresamente autorizados con antelación por la Oficina de Turismo.

13 – ESTADO DE LOS LOCALES / EXCEPCIÓN / MEJORAS

El Tomador tomará los locales, equipos y materiales solicitados en el estado en el que se encuentren en el momento de la toma de posesión y los devolverá, en el momento acordado, en el mismo estado. El inventario de las instalaciones se realizará el primer y último día del periodo de alquiler por la Oficina de Turismo y el Tomador, correspondiendo este periodo a las horas de inicio del montaje y finalización del desmontaje. En su defecto, el material podrá ser retirado de oficio por la Oficina de Turismo, por cuenta y riesgo del Tomador. Esta retirada será facturada por la Oficina de Turismo.
Por otra parte, y en lo que respecta a la puesta a disposición de los locales para la instalación de los acondicionamientos y decoraciones deseados por el beneficiario, ésta podrá efectuarse con la autorización previa de la Oficina de Turismo y en presencia de un vigilante de seguridad del SSIAP1 (cuya remuneración correrá a cargo del beneficiario).

En lo que respecta a la prestación de servicios a título oneroso, el Tomador se compromete a exigir a sus propios prestatarios que empaqueten y retiren el material que hayan colocado o almacenado en el recinto o en las inmediaciones del Oustau, tan pronto como finalice el evento. En caso contrario, el material podrá ser retirado de oficio por la Oficina de Turismo, por cuenta y riesgo del arrendatario. Se emitirá una factura por esta retirada.
En general, cualquier obra que pueda dañar el edificio, la explanada o los espacios alquilados deberá ser autorizada expresamente con antelación por la Ciudad.

En particular, está prohibido fijar carteles, pancartas, colgaduras, cuadros, etc. a los techos y paredes mediante clavos, ganchos o chinchetas, o pegar estos materiales a los mismos. Está prohibido utilizar bombonas de gas.
En caso de espectáculos o eventos, la decoración y los materiales utilizados, así como la disposición de los equipos en las salas, deberán cumplir las normas de seguridad de los establecimientos abiertos al público.
Las instalaciones y decoraciones se realizan bajo la supervisión y a cargo del Arrendatario, y no deben causar ningún daño a los locales.

14 – DESPERFECTOS

Los daños constatados por la Oficina de Turismo durante una manifestación serán responsabilidad conjunta del autor y del Arrendatario. Si no se identifica al primero, este último será el único responsable de los gastos de reparación de los daños y deberá indemnizar íntegramente a la Oficina de Turismo por cualquier perjuicio resultante.

15 – RESCISIÓN

El contrato de alquiler se rescindirá automáticamente en caso de incumplimiento del presente reglamento por parte del Arrendatario.

16 – DERECHOS DE IMAGEN

El Tomador deberá solicitar la autorización previa y expresa de la Oficina de Turismo para cualquier uso de la imagen del Oustau o de la Oficina de Turismo, así como de su logotipo.

17 – FUERZA MAYOR

17-1 Se entiende por fuerza mayor cualquier acontecimiento ajeno a las partes, imprevisible e insuperable, que impida al cliente, a los viajeros, a la agencia o a los prestadores de servicios implicados en la realización del viaje, o en la ejecución de una o varias prestaciones, ejecutar la totalidad o parte de las obligaciones estipuladas en el contrato. Esto se aplica en particular a las condiciones climáticas (mal tiempo, tormentas, etc.), hidrológicas (inundaciones, etc.), al cierre de establecimientos y a las condiciones geográficas.

17-2 El acaecimiento de un caso de fuerza mayor suspende las obligaciones del presente contrato afectadas por este último y exonera de toda responsabilidad a la parte que debería haber cumplido la obligación así afectada. El proveedor de servicios se reserva el derecho de cancelar cualquier reserva en caso de fuerza mayor y de cambiar la fecha. Si el proveedor de servicios se ve obligado a cancelar el servicio antes de que el cliente haya podido iniciar la actividad, se le ofrecerá un aplazamiento de la misma.

18 – DATOS PERSONALES

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, también conocido como Reglamento General de Protección de Datos o RGPD, y la Ley nº 2018-493, de 20 de junio de 2018, de protección de datos de carácter personal, establecen el marco jurídico aplicable al tratamiento de datos personales. Como parte de su negocio de venta de Vacaciones y Servicios Turísticos, el Vendedor implementa y opera el procesamiento de datos personales relacionados con Clientes y Beneficiarios. De conformidad con el artículo 12 del RGPD, la Office de Tourisme de Cassis ha formalizado los derechos y obligaciones de los Clientes y Beneficiarios con respecto al tratamiento de sus datos personales en un documento denominado «aviso legal», accesible en la siguiente dirección: https://www.ot-cassis.com/mentions.html y previa solicitud a la Office de Tourisme de Cassis Para cualquier otra información más general sobre la protección de datos personales, se invita a cualquier interesado a consultar la página web de la CNIL www.cnil.fr.

Los clientes disponen de un derecho de acceso, modificación, rectificación y supresión de los datos que les conciernen. Para ejercer este derecho, basta con ponerse en contacto con el responsable de la protección de datos de la Office de Tourisme: Office de Tourisme de Cassis – DPO – Quai des Moulins 13260 Cassis Francia. – administration@ot-cassis.com

19 – GASTOS VARIOS / DERECHOS DE AUTOR

El Tomador deberá pagar todos los impuestos y contribuciones de cualquier tipo, fiscales o parafiscales, cánones, cargas sociales y gastos que pueda deber a cualquier persona u organismo en relación con su evento. Asimismo, deberá cumplir la normativa que regula la propiedad literaria y artística y, en particular, suscribir todos los acuerdos previos con las organizaciones interesadas y pagar todos los derechos e impuestos.
La venta de entradas para las manifestaciones es responsabilidad del Organizador.

El Organizador deberá
– emplear personal contratado y remunerado por el Taker para gestionar la taquilla y controlar las entradas
– sufragar todos los gastos inherentes a este tipo de eventos: impresión y venta de entradas, servicios de seguridad relacionados con la manipulación y el transporte de fondos.

20 – JURISDICCIÓN / LITIGIOS

Cualquier litigio derivado de la ejecución del presente reglamento de opciones, de la reserva o del contrato se someterá a la jurisdicción de los Tribunales de Marsella.
Sólo se considerará auténtico el texto francés de estos documentos.